Cactus enteógenos

Cannabisguru Otras Drogas 30 Nov -0001 0 Comentarios 3 min
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Cactus enteógenos


El consumo de cactus enteógenos ha sido frecuente en muchas culturas en todo el mundo, como vehículo hacia una mejor y mayor percepción del entorno y del individuo en sí. Los cactus más recomendables para una auténtica experiencia psicodélica son el peyote y algunas especies de Trichocereus (tales como el San Pedro), que son legales.

Cactus de mescalina


Peyote. Esta planta endémica del norte de México y sur de Estados Unidos ha sido utilizada durante miles de años por varios grupos indígenas en rituales de espiritualidad y como planta medicinal.

San Pedro. Cactus columnar largo y de crecimiento rápido que contiene, entre otros alcaloides, mescalina, y ha sido utilizado durante miles de años por culturas ancestrales. También se llama San Pedro a otras especies con mescalina de la familia Trichocereus.
Otros cactus

Durante muchos años hemos conocido los efectos psicoactivos del Peyote y San Pedro, pero más recientemente podemos encontrar en literatura sobre drogas numerosas referencias a otros cactus de los que se cree tienen propiedades alucinógenas.

Dolichothele (Dolichothele sp.)
Doñana (Coryphantha macromeris)
Peyotillo (Pelecyphora aselliformis)
Sunami (Ariocarpus fissuratus)
Tsuwiri (Ariocarpus retusus)

Los tarahumares y otras tribus de México central utilizan varios tipos de cactus como sustitutos del peyote; muchos de ellos están siendo investigados por sus alcaloides y su actividad psicofarmacológica. El estudio de sus efectos ha sufrido un gran retraso debido a que casi todos los experimentos se han llevado a cabo con animales de laboratorio en lugar de humanos. En algunos de estos cactus se ha hallado mescalina y otros alcaloides relacionados, con conocidas propiedades simpatomiméticas. Es necesaria una investigación mucho más profunda sobre estas plantas y su actividad; en cualquier caso, intentaremos poner al día al lector sobre lo que de ellos se conoce.

Otros cactus han sido utilizados por los tarahumares como sustitutos del peyote; entre estos están los Obregonia denegrii, Aztekium ritterii, Astrophytum asterias, A. capricorne, A. myriostigma (sombrero de fraile), y Solisia pectinata. También consumen un cactus que al que llaman Mulato (Mammillaria micromeris) del que afirman prolonga la vida, proporciona velocidad a los corredores, y clarifica la visión para revelaciones místicas. Otro cactus utilizado de manera similar es la Rosapara (Epitheliantha micromeris), que muchos botánicos consideran de la misma especie que el Mulato, pero en una etapa vegetativa posterior. El gran cactus Pachycereus pecten-aboriginum, conocido a nivel local como Cawe, ha sido utilizado ocasionalmente como narcótico.

Algunos estudios han revelado la presencia de alcaloides en casi todas las especies de las que hemos hablado, pero no de mescalina o macromerina.

Muchos tienen propiedades psicofarmacológicas, pero no pueden comparase a las de estos dos; además, las cantidades suelen ser insignificantes. Por ejemplo, las especies de Obregonia denegrii contienen un 0,003% de tiramina, un 0,002% de hordenina, y un 0,002% de N-metiltiramina. Todos son conocidos simpatomiméticos, pero los porcentajes son demasiado pequeños para ser tenidos en cuenta. En los últimos años, varias publicaciones han mencionado el uso sacramental de estos cactus; como resultado, miles de personas han adquirido estas plantas a distribuidores de cactus y los han comido, normalmente con resultados decepcionantes (y, a veces, nauseabundos). Desgraciadamente, muchos de estos cactus son muy raros; y si mucha gente los destroza para experimentar, pueden llegar a estar en peligro de extinción.

Traducido de http://www.lycaeum.org/~sputnik/Drugs/Mescaline/CactusGuide.html#SEC1 por Musidora.


Legalidad


La mescalina y el peyote son ilegales en Estados Unidos, por leyes del Gobierno Federal y de la mayor parte de los Estados. Como excepción, se permite su uso ritual a miembros de la Native American Church (Iglesia de los nativos americanos), ya que éste fue establecido como sacramento religioso mucho antes de la imposición de estas leyes; sin embargo, el uso de la mescalina les está prohibido.

Otros cactus como el San Pedro también contienen esta sustancia; técnicamente, su posesión es ilegal pero, al tratarse de plantas ornamentales bastante comunes, se suele permitir su utilización con fines hortícolas. Si una persona trata de utilizarlos para obtener una experiencia psicodélica, es posible que se emprenda una acción judicial, y la mescalina extraída constituiría un material de contrabando. La extracción de los alcaloides del Doñana y de otros cactus que no produzcan mescalina no es ilegal.

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