sasser87

Conoce tus derechos

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El primer consejo que os doy si salís a la calle con algo encima, lo primero que debeís controlar son los nervios, no dar una actitud sospechosa, ir tranquilos, ya que un policía no suele realizar registros sin no ven algo fuera de lo normal.

Si estás fumando por la calle y un policía te detecta, lo primero que tendríais que hacer es deshacerse de la prueba o tirarlo a un lado y negar en todo momento que eso sea tuyo (evita que te vean lanzarlo porque pueden alegar que te vieron).

En el caso de las detenciones la policía solo podría deteneros en caso de un presunto delito (Venta, por ejemplo), si no llevas el DNI encima o para una posible identificación. En los demás casos no os pondrán detener, aunque te pongan denuncia no te pueden bajar a cuartelillo.

Si en tu caso te piden que te vacíes los bolsillos, seguramente será porque en ese sitio no podéis ser registrados, entonces lleva ya los papeles en la cartera y saca de tus bolsillos todo lo que no sea comprometedor para ti.

Si aún después de todo esto te encuentran algo, será la misma multa que si se lo das tu al principio así que aún tienes una posibilidad de que no te descubran, si os preguntan si teneis que alegar algo, decir que no porque eso ya se hará más adelante (Cuando recibamos la notificación).

Si te piden que firmes algo NUNCA lo hagas.

Puedes pedirles una copia de tu acta, pero es mejor que no lo hagas, si te la dan aceptala y si no sigue tu camino. Lo importante es que NUNCA NOS AUTO INCULPEMOS. Nunca debemos reconocer que ese hachís o marihuana sea nuestra, decir que el fumar no es un delito, que es consumo propio, que lo ibas a consumir al llegar a casa, que no haces daño a nadie, que solo son unos porrillos... (Todo esto mejor no decir nada a los policías, porque aunque sean verdad solo van a ir en contra tuya en futuras alegaciones).

Todo esto es porque hay que tener en cuenta que en las alegaciones se va a empezar diciendo que eso no es marihuana, solicitando el análisis y el porcentaje de THC.

Que no había actitud sospechosa

Que no se lesiona la salud publica ni la seguridad ciudadana.

Toda declaración del multado admitiendo los hechos que puedan desvirtuar las antedichas alegaciones puede ir en nuestra contra, y el órgano puede estimar innecesarias ciertas pruebas, por haber sido admitido por el inculpado que era hachís, que era suyo, que se estaba fumando un peta, etc.

CUIDADO! LA PASMA! AUTODEFENSA LEGAL ANTE UNA DETENCIÓN

En toda detención las policías juegan con la intimidación, el desconocimiento y el miedo para usarlos en su contra. Por eso, debes mantener la calma. El único deber que tienes como detenid@ es el de dar tu nombre, fecha de nacimiento y dirección (es decir, llevar el D.N.I.). Pese a la impunidad de las Fuerzas de Seguridad del Estado (FSE), la Constitución (CE) y la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LEC) recogen una serie de derechos que debes conocer para poder exigir su cumplimiento.

TUS DERECHOS ANTE LA DETENCIÓN: (Art. 17 CE y Art. 520-527 LEC)

Desde el momento en que te pare un policía tienes una serie de derechos que debes conocer para poder ejercitar; así, tienes derecho a ser informado de lo que se te acusa, o como mínimo deberían informarte de si vas como retenido para identificación, detenido o detenido en incomunicación; a que el policía que te detiene o identifica muestre su numero de placa; a no ser esposado si no has intentado huir y te comprometes a no hacer ni resistir a la autoridad.

EN COMISARÍA:

1.- RETENID@S PARA IDENTIFICACIÓN:

En principio sólo pueden limitar tu libertad de movimientos, pero no pueden quitarte nada, ni impedir que uses tu móvil o una cabina si está en el interior de la dependencia policial. No te pueden pedir que hagas ninguna declaración. La retención debe durar “el tiempo mínimo imprescindible”.

2.- DETENID@S:

desde que se te detiene hasta que se te lleve a presencia de un juez no pueden pasar más de 72 horas, en ese tiempo tienes los siguientes derechos: ante todo, tienes derecho a negarte a declarar y o mentir en tu declaración; también tienes derecho a que tu detención sea comunicada por la policía a quien tu le digas; a designar un abogado (basta dar su nombre a la policía) o recibir uno de oficio; a pedir el reconocimiento de un médico forense; a recibir comida, bebida y unas condiciones de higiene mínimas; a un intérprete, si eres extranjero. Además, si decides declarar, tienes derecho a hacerlo en euskara; a que corrijan tu declaración hasta que se ajuste a lo que quieres decir y a estar asesorado por un abogado antes de declarar mediante entrevista privada.

3.- DETENID@S EN INCOMUNICACIÓN (Ley Antiterrorista):

Hasta 5 días de arresto hasta la puesta en marcha a disposición de la Audiencia Nacional, la incomunicación elimina los derechos a la asistencia de un abogado propio (sólo de oficio y sin entrevista privada) ni a que se avise de tu detención , en teoría se mantienen los demás.

EL REGISTRO DOMICILIARIO (Art. 569-88 LEC):

Para que se pueda ejecutar un registro domiciliario hace falta una orden judicial (excepto en casos de terrorismo), para que el registro sea válido tienes que estar presente como detenid@, o alguien en quien hayas delegado. También debe haber dos testigos (normalmente vecinos) y se tiene que levantar registro de lo incautado y un acta policial de registro, documentos que tienen que enseñarte.

Si estás presente en persona, fíjate bien en el registro: qué buscan, cuánto tardan, qué se llevan… Si ves que algo no es tuyo, para el registro y hazlo saber a los testigos.

EL HABEAS CORPUS (HC):

La LO 6/1984 regula cómo presentar un HABEAS CORPUS o denuncia por detención ilegal, solicitando el paso inmediato a disposición judicial, a favor del detenid@. La denuncia, a presentar en el Juzgado de Instrucción, puede ser hecha por la persona interesada, su abogad@, familiares e íntimos… también pueden hacerlo la fiscalía o el Defensor del pueblo.

DURANTE LA DECLARACIÓN ANTE EL JUEZ:

La declaración en comisaría, aunque hayas firmado, es de inferior rango que la que se hace ante el Juez. En los Juzgados puedes negar las declaraciones anteriores, puedes hacer una declaración nueva o decidir que no quieres declarar nada.

Es el momento de denunciar malos tratos, pedir que se investiguen las actuaciones policiales (con independencia de actuaciones posteriores). Tras esta declaración ya nos e vuelve a comisaría: o bien te dejan en libertad (sin cargos o condicional), o bien te llevan a prisión; en todo caso la detención termina aquí.

ALGUNAS RECOMENDACIONES SI PREVÉS PROBLEMAS:

- Lleva siempre el DNI.

- Si la policía te coge el DNI, pide que te lo devuelvan cuanto antes. ¡No te vayas sin él! - Pregúntales qué hacen y por qué; si te van a detener o no; pide que se identifiquen.

DURANTE LA DETENCIÓN:

- Si te detienen en sitio público, grita tu nombre y apellido.

- No aceptes ni toques nada que no sea tuyo.

- Aprovecha el aviso policial de la detención para contactar con alguien que presente un HC. Exige la presencia de tu abogado.

- Si te visita un abogado de oficio, un médico o un perito judicial, que se identifique, comprueba que no son policías.

- Pide ser reconocido por un médico (aunque no haya maltrato) para que haya constancia de tu estado físico en comisaría.

- Si te cita la policía a declarar en comisaría no vayas. Si quieres declarar algo, hazlo directamente en el Juzgado de Instrucción (eso pude evitar pasar por la detención).

- No firmes nada y, si lo haces, lee bien antes todo lo escrito; comprueba que no haya “espacios en blanco” y firma por todo el documento, en márgenes y en los renglones finales.

- No hables, no te creas nada de lo que te digan, mantente firme en tu derecho a no declarar y confiado. No hables de cosas que parezcan no tener que ver con la causa de la detención. Si no puedes aguantar en silencio, miente.

- Aguanta sin comer y sin beber todo lo que puedas (pueden drogarte)

ANTE EL JUEZ:

- Sigues pudiendo mentir o no declarar, pero aquí hay que pensarlo mejor, intenta que te asesore alguien de confianza.

- Denuncia todo maltrato físico o psicológico. Aunque no llegue a tortura, denuncia toda presión para forzarte a declarar o negarte tus derechos (horas de pie, horas de interrogatorio, humillaciones, insultos, amenazas…)

TRAS LA PUESTA EN LIBERTAD:

- Entérate de si queda algo pendiente de la detención (denuncias de la policía, nuevas causas…)

- Ante agresiones o maltratos, vuelve a pedir exámenes médicos para tener tus informes propios.

¡CONOCE TUS DERECHOS! ¡EXÍGELOS!

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Hola, me gustaría saber qué número de plantas constituye un delito penal. Se puede tener un par de plantas en casa por persona?. A partir de cuantas plantas podrían juzgarte cómo delito penal?. Gracias.

Muy interesante tu artículo.

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Segun tengo entendido no hay un numero establecido, la legislacion no esta nada clara en tema de marihuana, es por eso que se esta pidiendo al govierno que por lo menos aclaren las leyes.

Creo que la diferencia es que te pueden acusar de dos cosas diferente, una es delito contra la salud publica y la otra es trafico asi que mientras no trafiques ni parezca que lo haces supongo que te acusarian de lo primero.

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Ya, ya se que no estan muy claras las leyes con respecto al tema este, el lio está en que por ejemplo en Cataluña sé que hay asociaciones de consumidores y que de estas mismas asociaciones también se facilita el consumo terapeutico a personas enfermas, a mi lo que me interesaría es poder regular mis cosechillas aunque tuviera que entregar algo para dichos tratamientos, sé o creo que funcionan algo asi, en el grow donde compro cogí en una ocasión un folleto y esplicaba todo esto, tampoco me voy a quebrar los cascos, pero bueno....si tienen departamento juridico y te aseguran que no te las van a quitar ni te vas a llevar una sanción, pues tampoco me importaría y si existen en Cataluña se crearía un tema de jurisprudencia en todo el territorio nacional. Yo personalmente ya tuve problemas con la justicia hace ya varios años y es por eso que no kiero más, pero si te diré que en mi caso particular por mis condiciones fisicas y psicilógicas a partir de fumar maria yo mismo me rebajé mi tratamiento psiquiátrico de 6 comprimidos a 1 que llevo tomandolo diariamente desde hace más de 5 años, todo esto lo tengo en conocimiento del equipo de psiquiatría, no que tengo las plantas sino que fumo y me va muy bien. Bueno podría contar mil batallas pero sólo quería saber dónde poder agarrarme en caso de extrema necesidad, jejeje. Chao y gracias por la info.

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Gracias Sasser , el folleto q tengo en kasa es de TRICOMASMOKING, lo iré mirando...era por saber si en Arcuma teníais relación o posibilidades de hacer algo asi, pero te agradezco tu respuesta. Un saludo :smoke3:

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Gran fuente de informacion lo que es un poco de critico que no hay regulacion e este sentido de ley nadie de dice cuantas plantas puedes tener e tu casa o jardin los politicos tiene que hacer algo en este sentido menos mal que hay gente en este foro que aporta una gran fuente de informacion gracias amigo :lol:

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no es noticia pasada,, no debemos hacer la vista gorda con lo que pasa con nuestros compañeros cannabicos que en las calles, en nuestas casas, en nuestras vidas se meten,,,, nos quiereen arrebatar el derecho a cultivar,, nuestro derecho a la SALUD...(hay gente que hasta no puede caminar o pensar sin cannabis) pero claro!! jejeje a ellos les conviene tenernos en sus manos,,, a ellos les conviene comercializarla (sale una forrrrrtuna el aceite de cannabis en mi pais)...

"¿Qué hago si dejo de cultivar? ¿Pasarme la vida en silla de ruedas?". Adriana Funaro se refriega los ojos llenos de lágrimas. Su hija Micaela le frota la espalda con una de sus manos, le sonríe y le alcanza un mate levemente dulce, que su mamá toma como quien recibe un abrazo. Cada gesto de contención -una caricia, el mate, una visita- es lo más parecido a sentirse a salvo. Es que la historia de esta mujer de 46 años se convirtió en ejemplo del absurdo: hace casi 40 días que está presa por cultivar cannabis que usaba para fabricar su aceite, el único remedio que le calma los dolores impiadosos de su artrosis, mientras al mismo tiempo se aprobaba la ley del uso medicinal de esta planta milenaria.

Apenas 48 horas antes de que los 58 senadores votaran por unanimidad la ley que permite el uso medicinal de la marihuana, el juez penal Horacio Hryb confirmó la prisión preventiva de esta mujer, al considerar que las 36 plantas (eran 22 más 14 plantines) secuestradas en los jardines de su casa en Ezeiza el 21 de febrero pasado son prueba suficiente para acusarla de sembrar y cultivar para comercializar, un delito grave que no contempla la excarcelación (con una pena que va de 4 a 15 años). Sin embargo, no hay más pruebas que la suposición.

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