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Jonimon2

El cultivo de cannabis despenalizado a partir del 1 de julio

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El autocultivo de cannabis ha sido despenalizado

Una noticia sorpresa maravillosa antiprohibicionista para todos los cultivadores, Grows Shop, horticultores y Asociaciones Cannabicas.

Os cuento como ha quedado la ley de seguridad ciudadana que entra en vigor el 1 de julio.

La multa mínima ha quedado en 600 euros, no en 1000 el euros como estaba previsto.

Sigue siendo sanción administrativa la tenencia de la mínima cantidad de droga en lugares, vías, establecimientos públicos o transportes colectivos (art.36.16).

La noticia maravillosa es que se ha añadido al art. 36 por primera vez un párrafo, el 18, relativo al cultivo de cannabis, y se dice que solo es sancionable “en lugares visibles al público”. (art. 36.18).

Al quedar por primera vez en la historia democrática tipificado expresamente los actos de plantación y cultivos ilícitos, se determina expresa y claramente lo que está prohibido, y en sentido contrario, lo que está permitido.

La anterior ley franquista que prohibía el cultivo de cannabis era de 8 de abril de 1967, ley que “prohibía” pero no sancionaba a los infractores. De ahí que se dijera que estaba prohibido germinar las semillas

El gobierno de España ha decidido de golpe y porrazo, en la nueva ley de seguridad ciudadana, despenalizar el autocultivo de cannabis. ¿Por qué lo ha hecho? No lo se, porque en el anteproyecto del 2013 no estaba previsto.

Texto del artículo 36: “Infracciones graves” 18. “La ejecución de actos de plantación y cultivo ilícitos de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas en lugares visibles al público, cuando no sean constitutivos de infracción penal”.

Los Grow Shop y horticultores pueden vender esquejes siempre que no los expongan al público. Se debe informar a los clientes que la venta de esquejes es legal, así como el cultivo de cannabis, siempre que no se trafique con drogas ni sea “en lugares no visibles al público”. También se pueden vender cactus y setas.

El artículo 36 es de naturaleza “no orgánica” (disposición final cuarta), por lo que el “mérito” de la despenalización con esta nueva redacción de la ley en principio hay que atribuirlo al gobierno y su mayoría parlamentaria.

De este modo el autocultivo no ha sido todavía legalizado pero si despenalizado, lo cual es la mejor noticia antiprohibicionista. Lo mejor que se podía hacer. El autocultivo solo es sancionable si está visible al público. No es sancionable el cultivo interior en el domicilio, ni el cultivo en un corral, invernadero ni el cultivo en la parte trasera de un chalet. No te pueden multar ni detener.

La mala noticia fascista es que esta ley eleva a 601 euros (el doble) la multa mínima por tenencia de drogas (art.36.16), y que han sacado un articulo sobre cacheos, a los que denomina “registros corporales externos” (art.20). Pretenden que sea legal cachear sin prever un delito, con tan solo sospechar que puedas estar cometiendo la posible sanción grave administrativa de tenencia de drogas. Ya veremos que dicen los jueces.

Me quedo con lo bueno, con la buena noticia. Por fin se puede cultivar marihuana en interior sin temer a denuncias. Por fin se puede cultivar en un corral sin miedo. Por fin se puede cultivar en un invernadero. Por fin se puede enseñar el cultivo a los amigos o visitas, hacer fotos. Por fin se pueden vender esquejes. Ahora falta eliminar la prisión y las multas por comercio y posesión o tenencia. Salud. E.

Fdo. Enrique Fornes Angeles. Abogado colegiado nº 6.385. Valencia. 5 de junio, 2015.

Desde yaaaaaa…….Este verano a plantar todos marihuana en la parte trasera de la casa o en invernadero!!!!!!!!!. En invierno un indoor. “Fin al miedo de qué me puede pasar”. Salud. E.

Fuente: https://enriquefornesangelesmyblog.wordpress.com/

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Os cuento como ha quedado la ley de seguridad ciudadana que entra en vigor el 1 de julio.

¿Alguien sabe en que BOE esta publicada dicha norma?

En el del 31 de Marzo, aquí lo tienes. Concretamente lo dice en la página 19.

http://www.boe.es/boe/dias/2015/03/31/pdfs/BOE-A-2015-3442.pdf

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Mi humilde opinión es que eso es una interpretación demasiado expansiva de la norma, y viendo la línea que sigue este gobierno dudo que vayan por ahí los tiros.

Denunciar te pueden denunciar igual pero va por vía administrativa, esto significa que te quitas el trámite del juicio (en el que lo normal era que el juez te absolviera) peeeero la multa te la comes. En resumen pasan de que vayas a juicio porque va a quedar en nada y así por lo menos rascan algo de la multa.

De hecho, como leí en algún otro lado esta modificación lo que está es añadiendo otro precepto más, la posibilidad de sanción administrativa a cultivos visibles al público, en definitiva, norma ambigua para agradarnos pero que en realidad quiere machacarnos.

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Buenas robca,

:think1::think1: Pues leyendo el articulo del abogado, parece explicar algo diferente, o por lo menos yo lo entiendo de manera diferente. Marco en negrita lo que parece indicar que el cultivar en privado es legal o no sancionable. Lo que indicas de las multas esta en la nueva ley tambien ??

De este modo el autocultivo no ha sido todavía legalizado pero si despenalizado, lo cual es la mejor noticia antiprohibicionista. Lo mejor que se podía hacer. El autocultivo solo es sancionable si está visible al público. No es sancionable el cultivo interior en el domicilio, ni el cultivo en un corral, invernadero ni el cultivo en la parte trasera de un chalet. No te pueden multar ni detener.
Los Grow Shop y horticultores pueden vender esquejes siempre que no los expongan al público. Se debe informar a los clientes que la venta de esquejes es legal, así como el cultivo de cannabis, siempre que no se trafique con drogas ni sea “en lugares no visibles al público”. También se pueden vender cactus y setas.

Saludos :thumbup1:

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Buenas cannabisgurú, esa exacamente es la ambiguedad de la que hablo, quieren que parezca algo así. No dice que sólo se pueda plantar en X condiciones, sino que añade la opción de sancionar de manera directa y sin pasar por el poder judicial, los cultivos visibles al público. Yo creo que hasta que no se modifique el código penal, no se va a desatascar el asunto.

En resumen y como yo lo entiendo es que seguimos igual pero ahora encima si plantas en un balcón o en cualquier sitio visible al público ya no pasarás por un juicio en el cual la jurisprudencia sigue una corriente despenalizadora, sino que se te pondrá una sanción administrativa aka una multa. (que esto de visible al público abarca desde lo que da la visión d una persona que pasa por la calle hasta que te lo vean desde un helicóptero, depende lo que quiera interpretar el juez, ojo)

De todas maneras tampoco digo que sea así, sólo es mi interpretación del asunto jajaja.

Si lees la ley completa (cosa que tuve que hacer para Derecho penal 2 :sleepy::sleepy: ) te das cuenta que la línea a seguir de la norma no es precisamente despenalizadora e incluso aunque esto sea relativamente cierto y se facilite el cultivo, también tiene trampa. Se va a dar vía libre a los cuerpos de seguridad para cachear a quien sea, se ha subido la multa por posesión en vía pública, y si encima favorecen el cultivo, que más gente va a llevarlo encima= negocio perfecto.

Lógicamente yo, como imagino todos aquí queremos una regulación respecto al cultivo, pero por desgracia creo que vamos a tener que seguir esperando, ojala me equivoque. :smoke3::smoke3::smoke3:

Por lo que veo eres de cataluña, así que tienes mucha suerte porque por allí igual que por aquí por el país vasco la cosa avanza más deprisa, aquí incluso se ha planteado ya el tema en el parlamento vasco. Con suerte pronto nos acordaremos de cuando la marihuana estaba prohibida :loveweed::loveweed:

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Esta claro que lo de poner el importe minimo de la multa al doble de precio es un robo, y seguro que lo han hecho para recaudar mas dinero.

Tambien me parece fatal el tema de los registros, por que si alguien lleva un par de porros en el bolsillo no esta haciendo mal a nadie. Si miramos estas dos normas la verdad es que tiene toda la pinta que las han hecho para poder cachear mas y poner mas multas, una verguenza.

Por otro lado, pense que si habiamos avanzado al menos en el tema del cultivo. He echado un ojo al boletin y lo que dice el articulo 36.18 es lo siguiente:

La ejecución de actos de plantación y cultivo ilícitos de drogas tóxicas,

estupefacientes o sustancias psicotrópicas en lugares visibles al público, cuando no sean

constitutivos de infracción penal.

Yo no tengo ni idea de temas legales, pero este articulo no dejaria fuera el cultivo que no este visible ? Si dices que tiene sancion supongo que tendria que estar tipificado en algun sitio o no ?

Espero que en las proximas elecciones la gente se mueva y se bote mucho mas a partidos que no sean ni el pp ni el psoe. A ver si vemos un cambio de verdad de una vez en este pais.

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Yo se lo poquito que dimos en la facultad sobre el tema, que tampoco fue demasiado la verdad.

Primero decir que esto es una ley del gobierno, nada tiene que ver con lo penal, y por lo tanto lo afectado por la ley no irá por la vía judicial sino por la vía administrativa, es decir no te juzgan, sino que te imponen una sanción directa.

El artículo 368 del Código Penal dispone: “Los que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines, serán castigados con las penas de prisión de tres a seis años y multa del tanto al triplo del valor de la droga objeto del delito si se tratare de sustancias o productos que causen grave daño a la salud, y de prisión de uno a tres años y multa del tanto al duplo en los demás casos.

por tanto para empezar no debemos incurrir en el tipo penal para poder estar al amparo de la nueva ley

Por lo que yo entiendo en el artículo que citas de esta nueva ley Los cultivos que NO sean constitutivos de infracción penal ahora los dividen en dos, los que se ven, y los que no, hasta ahora no había tal división y la corriente jurisprudencial absolvía practicamente todos los casos, pongamos por ejemplo que de todos los casos el 80% se salvaba.

Ahora con la distinción los que no se vean quizás vean un poco más de seguridad jurídica respecto al tema (que yo no me fío demasiado) pero cualquiera que plante en un balcón o ventana está jodido. Es decir todos los que teníamos pequeños cultivos en ventanas o balcones y que si por lo que sea nos denunciaban y el juez nos absolvía ahora ha cambiado, la infracción vendrá por vía administrativa, de modo que el juez ni pincha ni corta en la decisión, algo lesivo para el cultivador lógicamente.

Al final el problema de base de todo esto es vale perfecto, puedo tener un cultivo si no cometo infracción penal y además lo oculto a la visibilidad pública, muy bien pero... qué cultivos son esos que no cometen infracción penal? en ningún sitio aparece esto de manera concreta, y ahí radica el problema de raíz.

sería tan fácil como añadir un artículo del tipo: los requisitos para el cultivo de cannabis sin incurrir en infracción penal son X, X y X. Pero la concrección no interesa porque de ese modo la gente SÍ se puede defender.

Mi crítica es más bien a la falta de regulación, la ambiguedad y todos los factores que hacen que tengamos estos debates, porque ni alguien de la calle ni un jurista es capaz de interpretar la ley de una manera clara, que se supone que es el deber del legislador.

En definitiva si antes sacaban dinero solo de lo que consideraban cultivos que constituyen infracción penal ahora van a sacar dinero por esos y por todo el pobre diablo que se le ocurra tener una planta medio visible. Si los jueces nos venían dando la razón y el gobierno no y sacan una ley administrativa para ellos controlar parte del asunto, huele sospechoso.

Dicho esto, es un ejercicio de interpretación como el del señor que ha puesto el OP y espero estar equivocado y daros la razón jajaja :smoke5:

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Muy interesante la informacion, no sabia que la ley administrativa la lleva el govierno y lo penal los juzgados :think1:

Entonces una cosa, antes cuando venian a tu casa, necesitaban una orden del juez para poder entrar, revisar tu piso y denunciarte. Ahora con esta ley, te ponen la multa esa sin mas y te la envian por correo o algo asi ? Tal vez con alguna foto que hayan sacado de la calle ? O como funcionaria ?

Tampoco veo ningun cambio entonces, si antes teniamos una ley penal que lo prohibia y ahora tenemos la misma ley penal y ademas agregan la multa administrativa que antes no existia, parece que vamos a peor en vez de a mejor.

Saludos ;)

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Una multa como cualquier otra, como una por posesión, etc...

Te copio un fragmento que he leído por ahí:

Según ha explicado el ministro de Interior, Jorge Fernández Díaz, las multas por infracciones muy graves y graves se dividen en tres tramos de igual extensión. Como regla general, se impondrá la multa en grado mínimo; si concurre alguna circunstancia agravante, en grado medio; sólo se impondrá en grado máximo cuando se justifique por el número y entidad de las circunstancias concurrentes.

De esta manera, no es solo ilegal, sino perseguible por vía administrativa, lo que significa que no habría intervención judicial durante el procedimiento, igual que sucede con las sanciones actuales por tenencia y consumo en lugares públicos.

Habrá que ir viendo como se desarrolla, por suerte hay elecciones de aquí a tres meses, todos los grupos parlamentarios están de acuerdo en tumbar esta ley, así que mi más sincera opinión es que esto es una cortina de humo para entretener a la gente, porque ya digo que nadie le da mucha vigencia a esta ley, a no ser que saliese el PP con mayoría absoluta de nuevo.

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A lo mejor digo mas de la cuenta... :think2: a mi ya se me quito el miedo de cultivar PARA MI CONSUMO :happy: :celebrate las fragancias que salian de mi casa :evil: fueron siempre un gran problema y ahora me la sudan.Lo que no podemos hacer ye ponenos ahora a cultivar como locos y lo jodemos.

Yo creo que los que no lo tienen claro son los que cultivan pa trapichar :evil: yo tengo la cabeza muy muy muy tranquila :mrgreen:.Eso si,ya no fumo por la cslle y no llevo nada encima...jode pero ye lo que hay....lo que no veo bien ye que en alcoholemia hay un minimo para multar y en thc con lo minimo te joden :thumbdown: y cual es el minimo en thc ni ellos lo saben ya que el aparatu esi esta preparado para detectar,no para dar cantidades y ahora seguir votando a esos chorizos.

PD.Yo seguire como hasta ahora,pero con la conciencia tranquila :thumbup1: como no vengan y me preñen :lol::lol::lol:

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me algro por ustedes que tienen si quiera la oportunidad de sembrar aunq triste por mi xq en mi pais no hay avance con la planta

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hola,, yo creo que esta bien que no se pueda fumar en lugares publicos pero en lugares visibles siii,, porque no? nadie le hace nada a nadie. Se podria catalogar como el cigarrio que se respeta a la gente que no fuma estando cerca porque como hay gente que odia su olor hay gente que no le gusta el aroma exquisito del canna,, saludos!!

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